«Este año no he recibido nada de mi prop firm, ¿aun así tengo que declarar?» Es LA pregunta que más nos hacéis. La respuesta corta: no haber ganado dinero no siempre significa "nada que declarar". La imagen más simple es la del coche: aunque este año no lo conduzcas, sigues teniendo que asegurarlo y seguir al día con tus obligaciones. El hecho de no usarlo no te exime de nada.
Para verlo claro, hay que separar dos cosas que se mezclan todo el tiempo:
- Tus ingresos / tus ganancias — eso solo se declara si realmente los has cobrado.
- Tus cuentas en el extranjero — eso se declara aunque estén vacías y aunque no hayas ganado ni un euro, en cuanto las hayas abierto o utilizado.
Vamos por partes: primero la prop firm, después el bróker clásico / cuenta de valores.
Parte 1 — Prop firm: las distintas situaciones
Recordatorio básico: un payout de prop firm no es una plusvalía bursátil. Un payout es el pago que la empresa te transfiere sobre las ganancias que has generado para ella. No es, por tanto, la ganancia de mercado de un título comprado y revendido más caro: es la remuneración de un servicio (te pagan sobre un profit split, es decir, un reparto de beneficios). Fiscalmente, esto entra en principio en la categoría de los beneficios no comerciales (BNC): en lenguaje llano, el ingreso de una actividad independiente de servicios, como la de un consultor o un diseñador gráfico.
Esta remuneración se acoge al régimen micro-BNC mientras tus ingresos anuales no superen los 83 600 €, con una reducción del 34 % (artículo 102 ter del CGI). Una reducción es una minoración a tanto alzado: sobre 100 € cobrados, la administración considera que 34 € corresponden a tus gastos y solo 66 € tributan. Por encima del umbral, pasas al régimen real. Nota: la flat tax del 30 % de las cuentas de valores no se aplica a los payouts. Punto clave: en micro-BNC se declara lo que cobras realmente en el año, no lo que "casi" ganaste.
"¡Pero si no tengo empresa!" — y no necesariamente la necesitas. La mayoría de los traders de prop firm son simples particulares sin sociedad, y es normal. Los payouts entran en una categoría "cajón de sastre" del CGI: los beneficios no comerciales, definidos como "todas las ocupaciones, explotaciones lucrativas y fuentes de beneficios" que no correspondan a ninguna otra categoría (artículo 92 del CGI). En la práctica:
- Payouts ocasionales (estás empezando, unos pocos pagos en el año): se declaran como BNC no profesionales, directamente en tu declaración de la renta (formulario 2042 C), sin crear empresa ni SIRET. Tributación según la escala del impuesto sobre la renta + 17,2 % de cotizaciones sociales, con la reducción micro-BNC del 34 % por debajo del umbral.
- Actividad habitual (es regular y se convierte en una verdadera fuente de ingresos): entonces debes darte de alta como microempresa (ventanilla única del INPI), obtener un SIRET y pagar cotizaciones sociales (URSSAF) además del impuesto.
La frontera "ocasional / habitual" depende de un conjunto de indicios (frecuencia, regularidad, peso en tus ingresos) — en caso de duda, un asesor fiscal decide. Pero lo esencial cabe en una frase: no tener sociedad nunca es razón para no declarar, el ingreso se declara en todos los casos. Para estructurar tu práctica y seguir tus cobros con orden, nuestro espacio de miembro ofrece un diario de trading (capturas, resultado y mini-test psicológico) y un hub "Mi Trading" con tus estadísticas: un buen hábito para no perder de vista nada a la hora de declarar.
Situación 1 — "Pagué una evaluación, pero la suspendí / nunca llegué a estar funded".
No has cobrado nada → no tienes ningún ingreso de prop firm que declarar. No se declara una ganancia que no se ha obtenido. Los gastos de evaluación no son un ingreso y no son "deducibles" en tu caso (solo lo serían bajo un verdadero régimen real BNC, con una actividad declarada). La cuenta de challenge es una cuenta de demostración (dinero ficticio): no es una cuenta bancaria que declarar. En resumen: nada que hacer.
Situación 2 — "Estoy funded pero todavía no he solicitado ningún payout".
Mientras no te hayan pagado nada, no hay ingreso cobrado → nada que declarar a efectos de renta por ahora. Ojo de todos modos con la cuenta por la que llegarán los payouts (ver situación 4).
Situación 3 — "He recibido payouts".
Ahí sí declaras: es BNC. En micro-BNC consignas el importe bruto cobrado en tu declaración (la reducción del 34 % se aplica automáticamente). Si la actividad es habitual, te acoges al estatus de microempresario y pagas cotizaciones sociales (URSSAF) además del impuesto — otra razón por la que no es la flat tax.
Situación 4 — "Mis payouts pasan por una plataforma / una cuenta en el extranjero".
Esta es LA trampa. Bróker extranjero, Rise, Deel, un wallet en un proveedor fuera de Francia… En cuanto abres o utilizas una cuenta en el extranjero, debes declararla cada año (formulario 3916, artículo 1649 A del CGI) — la ley se refiere a las cuentas "abiertas, poseídas, utilizadas o cerradas", por lo tanto aunque lo hayas retirado todo y el saldo sea cero. Y es serio: las sumas que pasan por una cuenta no declarada se presumen, salvo prueba en contrario, ingresos imponibles (siempre artículo 1649 A). El olvido cuesta 1 500 € por cuenta (artículo 1736, IV del CGI). Es el único caso en que "casi no gané nada" no impide una fuerte multa. Para comparar las prácticas de los distintos intermediarios (plazos de retirada, país de establecimiento, etc.), nuestro directorio comparativo de brókers y prop firms es un buen punto de partida.
Situación 5 — "Me pagan en cripto (USDT, USDC…)".
Entonces acumulas tres obligaciones: (1) la remuneración sigue siendo BNC; (2) cuando conviertes la cripto en euros, realizas una plusvalía cripto imponible (artículo 150 VH bis del CGI); (3) el exchange extranjero (Binance, Kraken…) es una cuenta de activos digitales en el extranjero que hay que declarar (formulario 3916-bis) — el olvido supone 750 € por cartera, elevado a 1 500 € por encima de 50 000 € (artículo 1736, X del CGI). Para seguir con orden tus posiciones cripto (y, más en general, tus acciones y ETF), nuestro diario de inversión integra las cotizaciones y un informe semanal: práctico para reconstruir el historial a la hora de declarar.
El punto importante sobre la "actividad oculta". Si operas de forma habitual y nunca declaras nada, Hacienda puede recalificarlo como actividad oculta: entonces retrocede 10 años (en lugar de 3) y aplica un recargo del 80 %. No declarar porque "los importes son pequeños" es la mejor forma de convertir una pequeña factura en un recibo enorme.
Parte 2 — Bróker clásico / cuenta de valores
Aquí cambia la lógica: ya no son BNC, sino plusvalías mobiliarias, es decir, las ganancias realizadas al comprar y revender títulos (acciones, ETF…). Tributan al PFU del 30 % (12,8 % de impuesto + 17,2 % de cotizaciones sociales, artículo 200 A del CGI), o según la escala progresiva si se opta por ella. Dicho de otro modo: sobre 100 € de ganancia, dejas 30 € al Estado.
Situación 1 — "Mi cuenta de valores está en un bróker francés".
El bróker francés suele facilitarte un impreso fiscal único (IFU) — un resumen anual de tus ganancias y pérdidas — y prerrellena una parte de tu declaración. No obstante, sigues siendo responsable de verificarlo y completarlo. Nada especial que declarar por el lado de "cuenta extranjera".
Situación 2 — "Mi cuenta está en un bróker extranjero (Interactive Brokers, DEGIRO, Trading 212, eToro…)".
Dos obligaciones: el PFU del 30 % sobre tus ganancias, y la declaración de la cuenta en el extranjero (3916) — aunque no hayas realizado ninguna ganancia y aunque la cuenta esté vacía. Es la trampa más frecuente entre los traders: declaran (o no) sus ganancias, pero olvidan la existencia de la cuenta. Multa: 1 500 € por cuenta (artículo 1736 IV).
Situación 3 — "Este año solo he tenido pérdidas".
Aun así te interesa declarar, y a veces estás obligado: tu minusvalía se declara (formulario 2074) para poder arrastrarla durante 10 años e imputarla a tus futuras ganancias de la misma naturaleza (artículo 150-0 D, 11 del CGI). Una minusvalía es una pérdida: declararla es apartar un "crédito fiscal virtual" que usarás los años en que ganes. Es un "stock" de ahorro fiscal que pierdes si no lo declaras. Y si la cuenta está en el extranjero, debes siempre declararla (3916), con pérdidas o sin ellas.
Situación 4 — "Tengo un PEA".
El PEA es una cuenta francesa: no hay 3916. Tras 5 años de tenencia, las plusvalías y dividendos quedan exentos del impuesto sobre la renta (las cotizaciones sociales del 17,2 % siguen siendo exigibles). Mientras no hagas retiradas, no hay nada que declarar cada año.
¿Y los dividendos? En cuenta de valores siguen el PFU del 30 %; si se opta por la escala, se benefician de una reducción del 40 % antes de impuestos. En PEA (después de 5 años), están exentos de IR.
La regla de oro que hay que recordar
"No haber recibido nada" no es sinónimo de "nada que declarar". Dos reflejos te ponen a salvo:
- Toda cuenta en el extranjero que hayas abierto o utilizado (bróker, plataforma de payout, exchange cripto) se declara cada año mediante el 3916 / 3916-bis — aunque esté vacía y aunque no haya ganancia.
- Un año de pérdidas también se declara: es lo que te permite arrastrar tus minusvalías y pagar menos impuestos los años ganadores.
Y si te das cuenta de que has olvidado algo: regulariza de forma espontánea, antes de que Hacienda te escriba. Limitas el interés de demora (reducido un 50 %) y evitas los grandes recargos. El detalle de las multas está en nuestro artículo dedicado: a cuánto ascienden las multas en caso de no declaración.
Para profundizar en el marco fiscal y regulatorio del trading (y en el método que te sirve a diario), nuestra formación completa y estructurada en itinerarios cubre el conjunto de los temas — desde la lectura de mercado hasta la organización administrativa — con bootcamps, mentoría y eventos. El coaching de mindset (disciplina, gestión de las emociones) y la parte "Mi forma" (higiene de vida del trader) completan útilmente el dispositivo, porque estas obligaciones declarativas son también una cuestión de rigor personal. Y para no perderte ninguna fecha límite ni la actualidad económica, nuestro asistente de Telegram difunde cada mañana el plan del día, un brief de mercado y el repaso de actualidad.
Información indicativa (Francia, actualizada a 11 de septiembre de 2026) — esto no es un consejo fiscal. La calificación "ocasional / habitual", el régimen BNC y la fiscalidad cripto dependen de tu situación; algunos artículos del CGI están en proceso de recodificación (numeración susceptible de cambiar en 2026-2027). Para tus decisiones, consulta a un asesor fiscal.
Contenido pedagógico. El trading y las prop firms conllevan un riesgo de pérdida de capital. Esto no constituye un consejo de inversión.